La sexualidad es una parte integral
de la personalidad de todo ser humano. Su desarrollo pleno depende de la
satisfacción de necesidades humanas básicas como el deseo de contacto,
intimidad, expresión emocional, placer, ternura y amor.
La sexualidad se construye a través
de la interacción entre el individuo y las estructuras sociales. El desarrollo
pleno de la sexualidad es esencial para el bienestar individual, interpersonal
y social.
Los derechos sexuales son derechos
humanos universales basados en la libertad, dignidad e igualdad inherentes a
todos los seres humanos. Dado que la salud es un derecho humano fundamental, la
salud sexual debe ser un derecho humano básico. Para asegurar el desarrollo de
una sexualidad saludable en los seres humanos y las sociedades, los derechos
sexuales siguientes deben ser reconocidos, promovidos, respetados y defendidos
por todas las sociedades con todos sus medios. La salud sexual es el resultado
de un ambiente que reconoce, respeta y ejerce estos derechos sexuales:
1. El derecho a la libertad sexual.
La libertad sexual abarca la
posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos. Sin
embargo, esto excluye toda forma de coerción, explotación y abuso sexuales en
cualquier tiempo y situación de la vida.
2. El derecho a la autonomía,
integridad y seguridad sexuales del cuerpo.
Este derecho incluye la capacidad de
tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual dentro del contexto de
la ética personal y social. También están incluidas la capacidad de control y
disfrute de nuestros cuerpos, libres de tortura, mutilación y violencia de
cualquier tipo.
3. El derecho a la privacidad sexual.
Este involucra el derecho a las
decisiones y conductas individuales realizadas en el ámbito de la intimidad
siempre y cuando no interfieran en los derechos sexuales de otros.
4. El derecho a la equidad sexual.
Este derecho se refiere a la
oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo,
género, orientación sexual, edad, raza, clase social, religión o limitación
física o emocional.
5. El derecho al placer sexual.
El placer sexual, incluyendo el
autoerotismo, es fuente de bienestar físico, psicológico, intelectual y
espiritual.
6. El derecho a la expresión sexual
emocional.
La expresión sexual va más allá del
placer erótico o los actos sexuales. Todo individuo tiene derecho a expresar su
sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión emocional y
el amor.
7. El derecho a la libre asociación
sexual.
Significa la posibilidad de contraer
o no matrimonio, de divorciarse y de establecer otros tipos de asociaciones
sexuales responsables.
8. El derecho a la toma de decisiones
reproductivas, libres y responsables.
Esto abarca el derecho a decidir
tener o no hijos, el número y espaciamiento entre cada uno, y el derecho al
acceso pleno a los métodos de regulación de la fecundidad.
9. El derecho a información basada en
el conocimiento científico.
Este derecho implica que la
información sexual debe ser generada a través de la investigación científica
libre y ética, así como el derecho a la difusión apropiada en todos los niveles
sociales.
10. El derecho a la educación sexual
integral.
Este es un proceso que se inicia con
el nacimiento y dura toda la vida y que debería involucrar a todas las
instituciones sociales.
11. El derecho a la atención de la
salud sexual.
La atención de la salud sexual debe estar disponible para la prevención
y el tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y trastornos sexuales.
Tomado de: http://www.amssac.org/biblioteca/derechos-sexuales/

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